Cuando una empresa española o latinoamericana suministra mercancías, presta servicios o ejecuta un contrato para un cliente establecido en Francia, un impago puede plantear dificultades adicionales. La distancia, las particularidades del sistema jurídico francés y la necesidad de actuar frente a un deudor cuyos bienes se encuentran en Francia hacen aconsejable analizar el expediente antes de iniciar cualquier reclamación.

La cuestión no consiste únicamente en determinar cómo reclamar la cantidad adeudada. También conviene comprobar si el crédito está suficientemente acreditado, identificar al deudor correcto, determinar qué tribunal puede ser competente y valorar qué vía ofrece mejores perspectivas de cobro.

Comprobar la deuda y reunir la documentación

La factura es un documento esencial, pero no siempre basta por sí sola para fundamentar una reclamación.

Antes de actuar, conviene reconstruir la relación comercial y reunir la documentación disponible: contrato, pedido, presupuesto aceptado, condiciones generales, facturas, albaranes, justificantes de entrega o de prestación y correspondencia intercambiada con el cliente.

También pueden resultar especialmente relevantes los mensajes en los que el deudor reconozca la deuda, solicite un aplazamiento, proponga un calendario de pagos o formule alguna objeción.

Otro aspecto que debe comprobarse desde el principio es la identidad exacta del deudor. Dentro de un grupo empresarial, la sociedad que negoció la operación no siempre coincide con la que celebró el contrato, recibió la mercancía o figura como destinataria de la factura. Una identificación incorrecta puede retrasar considerablemente la reclamación.

Por otra parte, si el cliente francés alega defectos en la mercancía, retrasos, incumplimientos contractuales o pretende compensar la deuda con un crédito propio, el asunto deja de ser un simple impago. En ese caso existe una verdadera controversia contractual y será necesario acreditar tanto la existencia del crédito como el correcto cumplimiento de las obligaciones asumidas.

Enviar un requerimiento formal de pago

Cuando los recordatorios amistosos no permiten obtener el pago, puede resultar conveniente dirigir al deudor un requerimiento formal de pago (mise en demeure).

Este requerimiento permite fijar con precisión la posición del acreedor. Debe indicar, en particular, el origen de la deuda, las facturas pendientes, el importe reclamado y el plazo concedido para proceder al pago.

Además, la respuesta del deudor puede aportar información importante para decidir cómo continuar. El cliente puede reconocer la deuda, solicitar un nuevo plazo, proponer un pago fraccionado, permanecer en silencio o formular una oposición sobre el fondo.

En las relaciones entre profesionales, el impago puede generar asimismo intereses de demora. El derecho francés contempla también, en determinadas condiciones, una indemnización fija de 40 euros por gastos de cobro (indemnité forfaitaire pour frais de recouvrement).

Elegir la vía de reclamación más adecuada

No existe un único procedimiento para reclamar una deuda en Francia. La elección depende de las características concretas del expediente.

Cuando el crédito está claramente acreditado y el deudor no formula una oposición seria, puede estudiarse el procedimiento francés de requerimiento judicial de pago (injonction de payer).

En determinados litigios transfronterizos dentro de la Unión Europea puede resultar igualmente aplicable el proceso monitorio europeo.

La situación es distinta cuando el deudor cuestiona seriamente el contrato, la calidad de la prestación o el importe reclamado. En ese supuesto puede ser necesario acudir a un procedimiento contencioso que permita a ambas partes exponer sus argumentos y aportar sus pruebas.

Por ello, no siempre debe elegirse el procedimiento que parece más rápido al inicio. Lo importante es determinar qué vía resulta más adecuada teniendo en cuenta la documentación disponible, la posición del deudor y las posibilidades reales de obtener el pago.

Comprobar la solvencia del deudor

Obtener una sentencia favorable y cobrar efectivamente la deuda son dos cuestiones distintas.

Antes de asumir los costes de un procedimiento judicial, conviene valorar, en la medida de lo posible, la situación económica del deudor. Puede ser útil comprobar si la empresa continúa ejerciendo su actividad, si presenta signos de dificultades financieras o si existen indicios de insolvencia.

Si la empresa francesa entra en un procedimiento concursal, la estrategia cambia. Dependiendo de la situación, puede ser necesario presentar una declaración del crédito (déclaration de créance) dentro de los plazos previstos por el derecho francés.

Asimismo, cuando exista un riesgo concreto de desaparición de bienes o fondos, puede resultar oportuno estudiar la adopción de una medida cautelar o conservatoria, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.

Ejecutar una resolución en Francia

Si el acreedor obtiene una resolución ejecutiva y el deudor continúa sin pagar, será necesario iniciar la fase de ejecución forzosa (exécution forcée).

En Francia, los actos de notificación y ejecución corresponden normalmente al profesional denominado commissaire de justice.

Según la información disponible sobre el patrimonio del deudor, las medidas de ejecución pueden dirigirse contra cuentas bancarias, créditos que el deudor tenga frente a terceros, bienes muebles o bienes inmuebles.

Por tanto, una estrategia de recuperación eficaz no debería limitarse a obtener una sentencia. Conviene pensar desde el inicio en la posibilidad de hacerla efectiva.

Reclamar desde España o desde América Latina

En la mayoría de los casos, una empresa extranjera puede gestionar el expediente sin necesidad de desplazarse a Francia.

Los contratos, facturas y demás documentos pueden transmitirse por vía electrónica. Las consultas también pueden celebrarse en español por videoconferencia o por teléfono.

Para una empresa establecida en un país latinoamericano pueden plantearse, además, cuestiones específicas de derecho internacional privado.

Si el acreedor ya dispone de una resolución dictada fuera de la Unión Europea, puede ser necesario obtener previamente su reconocimiento y, en su caso, su fuerza ejecutiva en Francia antes de adoptar medidas de ejecución.

Dependiendo del país en el que se haya dictado la resolución y de los convenios internacionales aplicables, puede resultar necesario acudir a un procedimiento de exequátur (exequatur).

Por esta razón, antes de decidir dónde presentar una demanda conviene tener en cuenta también dónde deberá ejecutarse posteriormente la resolución.

Definir una estrategia antes de iniciar la reclamación

Reclamar una deuda en Francia no consiste simplemente en enviar una carta o presentar una solicitud ante un tribunal. Conviene analizar previamente la documentación, identificar correctamente al deudor, determinar la jurisdicción competente, elegir el procedimiento adecuado y valorar las posibilidades reales de ejecución.

Para una explicación más completa de las distintas vías disponibles, puede consultarse: 

Emmanuel Dupen, abogado inscrito en el Colegio de Abogados de Pau, asesora a empresas españolas y extranjeras en litigios relacionados con Francia. Las consultas pueden realizarse en español y organizarse a distancia cuando resulte más práctico para el cliente.