A lo largo de los últimos años, el aumento incesante de la interrelación entre las naciones del mundo en el plano económico, político, social y tecnológico ha promovido las inversiones transnacionales de pequeñas y grandes empresas, pero también de personas físicas, que invierten en el marco de la gestión de su patrimonio personal.

Los miembros de la comunidad latina residiendo en Francia son muy frecuentemente un ejemplo de contribuyentes que cuentan con inversiones extranjeras, sobre todo en bienes inmuebles e instrumentos financieros, generalmente localizados en sus países de origen, pero también en países terceros.

Mas allá de la inversión económica que ello representa, el contribuyente propietario de bienes extranjeros se enfrenta a diferentes cuestiones de orden jurídico y fiscal, entre ellas la determinación del régimen tributario de dicha inversión, en el ámbito internacional.

La materia es vasta y compleja, pero algunas nociones básicas pueden facilitar la comprensión de las obligaciones tributarias que recaen en todo residente fiscal francés que posee ingresos de fuente extranjera:

 

¿Qué se entiende por «ingreso extranjero»?

Se trata de ingresos de fuente extranjera, por ejemplo:

  • salarios percibidos como retribución de una actividad ejercida en el extranjero,
  • pensiones o rentas pagadas por un organismo establecido en el extranjero, 
  • rentas por bienes inmuebles situados en el extranjero, 
  • ingresos financieros por concepto de inversiones en instituciones financieras extranjeras, 
  • beneficios percibidos por actividades comerciales o no comerciales en proveniencia de una explotación basada en el extranjero, 

Y en general todo tipo de ingreso que provenga de países terceros.

 

¿Debo declarar mis ingresos extranjeros en Francia? 

¡Si!

Los ingresos extranjeros se declaran anualmente, tomando en cuenta la naturaleza del ingreso (rentas, intereses, dividendos, salarios, etc.), su país de origen y su valor en euros. En función de la convención fiscal aplicable, dichos ingresos serán imponibles en Francia (con o sin crédito fiscal) o exentos, pero igualmente declarables para el cálculo de la tasa efectiva de imposición. 

Los ingresos provenientes de países que no cuentan con convención fiscal se deben declarar de la misma manera. 

 

¿Qué función cumplen las convenciones fiscales?

Las convenciones fiscales bilaterales firmadas por Francia para evitar la doble imposición de ingresos tienen como finalidad de repartir entre los Estados el derecho de imponer un ingreso.

Sus textos prevén la imposición o la exención en Francia de ingresos de fuente extranjera.

Para determinar en qué Estado es imponible un ingreso extranjero, es necesario saber si existe una convención fiscal con el país de origen, y si es el caso, cuál es el modo de imposición que dicha convención prevé. 

Por lo tanto, el hecho de que el ingreso extranjero haya sido objeto del pago de un impuesto en su país de origen no exime al contribuyente de su obligación declarativa en Francia. 

En dicha hipótesis, el impuesto pagado en el extranjero no es deductible del ingreso en cuestión. Sin embargo, la eliminación de la doble imposición se materializa generalmente por la imputación de un crédito fiscal, cuando el ingreso es imponible en Francia, o por la exención de imposición, menos frecuente. En este último caso, la declaración del ingreso se realiza para fines de cálculo de la tasa efectiva de imposición.

Cuando es aplicable el método de eliminación por crédito fiscal, Francia, en calidad de país de residencia del contribuyente, va a imponer la integralidad del ingreso extranjero sin deducción del impuesto pagado en el país de origen, pero concederá, en función del tipo de ingreso y de las disposiciones convencionales, un crédito de monto idéntico al impuesto pagado en el extranjero, o bien, un crédito de monto idéntico al impuesto exigible en Francia.  

La declaración y la determinación de impuestos relativos a ingresos de origen extranjero puede ser un tema sumamente complejo y agobiante para el contribuyente inexperto que con frecuencia omite declarar sus ingresos extranjeros por temor a ser despojado de su ingreso en ambos países.

Sin embargo, como podemos deducir de lo anteriormente expuesto, las situaciones en las que se produce una doble imposición son raras, y pueden ser evitadas con la correcta aplicación de convenciones fiscales, que Francia ha firmado con la mayoría de los países de América Latina.

Para ello, apoyarse en expertos en la materia es fundamental y puede evitar sanciones importantes por falta o insuficiencia de declaración y/o de pago de impuestos.